miércoles, 1 de julio de 2020

ALTERNANCIA - Derecho de Petición CARLOS ABRAHAM VILLALBA BAZA


Compartimos el documento que llegó a nuestros WhatsApp.

Pereira, junio 29 de 2020

Señor
CARLOS ALBERTO MAYA
Alcalde del municipio de Pereira

Asunto: Derecho de petición acerca de la circular 318 emitida por la Secretaría de Educación Municipal y la propuesta de alternancia planteada por el Ministerio de Educación Nacional.


Respetuoso saludo.

Como es de su conocimiento, el Ministerio de Educación Nacional publicó el pasado 15 de junio en los Lineamientos para la prestación del servicio de educación en casa y en presencialidad bajo el esquema de alternancia y la implementación de prácticas de bioseguridad en la comunidad educativa.

En los mismos lineamientos plantean que debe existir “gestión territorial por parte de los gobernantes locales bajo el liderazgo de las secretarías de salud y de educación” para poner en marcha el proceso de alternancia, situación de la cual solo está la circular 318, en la cual no se evidencia el cumplimiento de ninguna de las orientaciones planteadas en los protocolos del ministerio.

La mencionada circular plantea que: “toda institución oficial o privada que pretenda desarrollar actividades académica presenciales, deberá ́manifestar tal voluntad, presentando la correspondiente acta del máximo órgano de gobierno escolar o administrativo de la institución o de la correspondiente seccional con sede en la ETC Pereira en donde se hace referencia al interés. El documento se recibirá hasta el 03 de julio del presente a las 6:00 p.m.”

Quiero aclarar que en ningún lado de los lineamientos del ministerio se menciona este procedimiento y menos que debía fijarse un plazo (3 de julio) para que las instituciones a través del rector y con compromiso escrito “manifestaran su voluntad” de volver a la presencialidad y que tuvieramos que enviar protocolos, como lo menciona la circular 318. Denota esto que parece que no quisieramos volver a clases nunca o que no tuvieramos “voluntad”.

Entendiendo que los lineamientos señalan como lideres del proceso de alternancia a la alcaldía y la secretaría de educación, y por ello, tomadores de decisiones para brindarnos las condiciones de bioseguridad necesarias para nuestra labor docente, solicito, :

1. Se nos informe las acciones dadas desde la alcaldía y la secretaría de educación municipal en razón con los lineamientos y en relación con:

a. Acciones interinstitucionales con secretaría de salud, gobierno, ICBF y desarrollo social que apoyen la formulación de protocolos.
b. El diagnóstico del territorio y las condiciones institucionales en términos de bioseguridad y la estructura de las plantas físicas.
c. El calendario académico y los espacios necesarios para la planeación institucional y las vacaciones de los docentes.
d. El apoyo científico requerido para el diagnóstico adecuado del territorio y las instituciones de la mano con expertos en SGSST.
e. La cantidad de recursos financieros con los que se cuenta para la compra y dotación de insumos con los criterios técnicos requeridos.
f. Las gestiones realizadas ante la EPS COSMITET que le brinde tranquilidad y confianza a los docentes y directivos para volver a la presencialidad, sobretodo cuando esta EPS ha tenido muchos problemas con la prestación del servicio y es fundamental garantizar la salud. También la gestión con las EPS de los administrativos.
g. Los resultados del análisis epidemiológico del avance de la pandemia que permiten tomar la decisión de volver a la presencialidad. las recomendaciones que emergen de este análisis y las fuentes científicas que lo soportan.


2. En relación con los docentes, directivos y administrativos y sus condiciones laborales, se nos clarifique por escrito y citando la norma o acto administrativo (ley, decreto o resolución):

a. ¿Cuáles son las implicaciones jurídicas y financieras para el rector al momento de firmar la carta en la cual se manifiesta la “voluntad” para la alternancia?
b. ¿Cuáles serían las implicaciones jurídicas y financieras para el rector de NO FIRMAR la carta en la cual se manifiesta la “voluntad” para la alternancia?
c. ¿Es cierto que si no se “manifiesta la voluntad” para la alternancia no tendremos ningún apoyo financiero para las instituciones?
d. ¿Cuál es la ARL que responderá por todas las situaciones laborales de docentes y directivos si en este momento no contamos con este requisito legal esencial para nuestra labor?
e. ¿Quién establece el nivel de riesgo a nivel laboral para docentes, directivos y administrativos?
f. ¿Quién responde jurídicamente por los funcionarios que se contagien con COVID 19 en su jornada laboral? ¿Cuál es el protocolo?
g. ¿Es una enfermedad laboral contagiarse con COVID 19?
h. ¿Quién responde por las secuelas de la enfermedad en docentes, directivos y administrativos?
i. ¿Cómo se maneja el caso de los administrativos y profesores que conviven con personas con comorbilidades y adultos mayores de 60 años?
j. ¿Cuál es el sustento jurídico para decidir qué profesores acuden presencialmente y cuáles no asisten? ¿Cuál es el procedimiento y quién autoriza?
k. ¿Existirán traslados de docentes y directivos justificados en la necesidad de que haya alternancia? ¿Qué sustento jurídico tiene este proceso’
l. ¿Cuáles son las orientaciones para el manejo de la salud emocional y mental de los directivos, docentes, administrativos (conserjes, servicios generales, auxiliares administrativos, bibliotecarios) y cómo se financia?
m. ¿Quién asume los riesgos jurídicos y contractuales en caso de contagio de estudiantes, acudientes y visitantes al interior de la institución?

3. En relación con acudientes, padres, madres y estudiantes?
a. ¿Cuál será el formato que deben firmar los acudientes como consentimiento informado para que los estudiantes asistan a clases en presencialidad?
b. ¿Qué normas desplazan la responsabilidad del Estado a los acudientes en el proceso de alternancia al momento de presentarse a la institución los estudiantes?
c. ¿Cómo garantizará la SEM la conectividad y otros apoyos que garanticen el derecho a la educación a aquellos estudiantes cuyos acudientes decidan no enviarlos a la institución?

Señor Alcalde, son necesarios el diálogo y la concertación en el marco de los lineamientos planteados por el ministerio, hasta el momento una circular no es suficiente para la discusión y toma de decisiones frente a un tema tan neurálgico como la Alternancia. Destaco que de todas las decisiones que ha tomado el Secretario de Educación frente a la alternancia nos hemos enterado por sus múltiples intervenciones en redes sociales, noticieros y periódicos y ninguna reunión con rectores para conversar y tomar decisiones para el beneficio de todos.

Por ello, para la toma de decisiones en nuestra institución, esperaremos la respuesta al presente derecho de petición, ya que solo conociendo los avances en todos estos aspectos, nos garantizaría tener elementos para poder responder a lo solicitado en la circular 318.


Cordialmente,
CARLOS ABRAHAM VILLALBA BAZA
Rector

C.C.: 

Consejo Directivo de la institución
Ministerio de Educación Nacional
Sindicato de Educadores de Risaralda
Personería Municipal
Defensoría del Pueblo
Procuraduría Provincial

No hay comentarios: