Formato Solicitud Individual
Formato Solicitud Organización Sindical
Coadyuvancia Prima de Servicios 2012
Además...
_________________________, ______________________ de 2013.
Doctor (a)
______________________________________
Secretario (a) de Educación
____________________________
Referencia: Petición reintegro
dineros descontados por concepto de Retefuente, en atención a los acuerdos
suscritos MEN-FECODE, año 2011.
______________________________________ mayor de edad vecino de ___________________
identificado (a) con la cedula de ciudadanía No. _______________________ de __________________
en mi condición de educador (a) adscrito a la planta de personal del ente
territorial certificado de ________________________________, en uso del artículo
23 de la Constitución Nacional, interpongo ante su despacho la siguiente,
PETICIÓN
1.
Sírvase
ordenar al personal de nómina de la secretaría de educación el reintegro de los
dineros descontados por concepto de Retención en la Fuente, efectuados en el
pago del mes de noviembre del año 2012, toda vez que los acuerdos suscritos
entre el Ministerio de Educación y la Federación Colombiana de Educadores, en
el año 2011, significaron la expedición de la Directiva Ministerial No. 28 de
diciembre de 2011, por la cual se establecieron los procedimientos para la
liquidación de descuentos por concepto de la retención en la fuente y
devolución de valores retenidos en exceso, en pagos laborales (se anexa el
documento).
2.
Sírvase
reintegrar el valor de _________________________ $_____________,
correspondiente al escalafón Grado ________.
3.
Espero
respuesta en los términos de ley.
CONSIDERACIONES
1.
El pago del mes de ______________
del año 2012, para los educadores de
__________________________, adscritos al ente territorial certificado
de_______________________, se le aplicó el descuento por concepto de Retención
en la Fuente; de manera particular para los educadores escalafonados en los
grados ______________________.
2.
El Estatuto Tributario, tanto
en su artículo 385
como en el 386, señala los procedimientos de Retención en la Fuente aplicable a los pagos gravables
en una relación laboral o legal
y reglamentaria, manifestándose que estos están dados con base en el pago mensual, y no acumulándolos para aplicar la
retención sobre dicho valor, pues estaría en contra de los principios de justicia
indicado en el artículo 683 del Estatuto Tributario y progresividad del impuesto de
renta fijado en la tabla de Retención en la Fuente.
3. En concordancia con lo anterior, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN -
"expresó en Concepto No. 001138 de junio 15 de 1993, que:
''Es así, como tenemos que la retención en la fuente,
para el caso del pago
del reajuste salarial con efectos retroactivos, se debe determinar de la
siguiente manera:
El monto total retroactivo se divide por el número de meses a que corresponde
la retroactividad, el resultado será el reajuste correspondiente a un mes; a
este valor se le suma el valor del sueldo mensual ya pagado, para establecer la
base mensual, que es la que debe ubicarse en la tabla de retención (Vigente al
momento de efectuarse el pago).
El valor de la retención así determinado, se compara
con la retención
efectuada al sueldo inicialmente pagado y la diferencia si es positiva, se multiplica por
el número de meses a los cuales
corresponde el ajuste, con el fin de establecer la retención en la fuente
correspondiente al valor total del reajuste”.
4. En este caso el Ministerio de
Educación Nacional a través del denominado Programa Humano en Línea, sometió a
los educadores enunciados en la presente petición a una retención en la fuente
que desconoce el acuerdo suscrito entre el MEN y FECODE; en tal sentido la DIAN
en el concepto en mención ha expresado textualmente lo siguiente:
“cuando se efectúen retenciones
por concepto de impuesto sobre la renta y complementarios, en un valor superior al que
ha debido efectuarse, el agente retenedor podrá reintegrar
los valores retenidos en exceso o indebidamente, previa solicitud
escrita del afectado con la retención acompañada de la prueba, cuando a ella
hubiere lugar”.
ANEXOS
1.
Anexamos copia de los siguientes
documentos, que han sido invocados en casos similares:
·
Concepto de la DIAN No. 047441
de julio 15 de 2005.
·
Concepto de la DIAN No. 057622 del 12 de Septiembre
de 2003.
·
Concepto de la DIAN No. 001138
del 15 de jimio de 1993.
2.
Directiva Ministerial No. 28
del 1 de diciembre de 2011.
3.
Desprendible de pago donde se
evidencia el descuento efectuado de manera irregular por parte del ente
territorial certificado.
NOTIFICACIÓN
Dirección ___________________________________________________________
___________________________________________________________________.
Cordialmente,
_____________________________________
Nombre:_______________________________
c.c. ___________________________________
c.c. Ministra
de Educación Nacional (conmutador 091-2222800)
MEN
– Programa Humano en Línea (conmutador 091 – 2222800)
_____________________________
Tesorero (a) – I.E. _______________
____________________________________________.