lunes, 2 de mayo de 2011

Casos de la vida real

Vía correo electrónico, nos ha llegado este caso, sucedido a principios del 2011.

SEÑORES COLEGIO AL DERECHO, estuve en una de sus charlas en la ciudad de Armenia, y me pareció excelente, y pues jamás pensé que de los ejemplos del tallerista me iba a tocar a mi.

Hace unos
días, dos estudiantes de grado noveno y décimo, se tranzaron en una pelea a las manos bastante fuerte y agresiva por un muchacho de grado décimo, novio de una de las dos niñas.

Finalmente, una empujó a la otra, quien se golpeó el cuello en la cuarta vértebra con un andén, y cuando la levantaron las amigas al parecer hubo una fisura o daño grave en el disco vertebral, lo cierto es que VERBALMENTE, el rector me ordenó como coordinador, conciliar el asunto entre las dos alumnas y sus padres, a lo cual me negué en razón de su conferencia y sabiendo que podría generarme líos, sin embargo el rector me presionó aduciendo que en su colegio mandaba él y que yo debía obedecer ordenes directas o me pasaba memorando, y finalmente accedí a conciliar el hecho entre las dos alumnas, una de las cuales -la niña agredida- lastimosamente ha quedado cuadrapléjica.

Me reciben el lunes, los padres de la menor, con su abogado y un investigador de la
fiscalía, que porque yo soy cómplice de la agresora, que han denunciado por complicidad, encubrimiento y omisión por NO denunciar el caso a la policía y que debo responder económicamente por la cuadraplejía de la niña, porque NO seguí , según ellos, el debido proceso y que NO interpuse la denuncia y que porque la mamá de la agresora es demasiado pobre. HOY lunes, el rector se retracta y dice que me ordenó iniciar el debido proceso y denunciar y que yo no hice nada... se retracta y yo quedo fregado.

¿QUÉ PUEDO HACER Y CÓMO
ASÍ QUE DEBO RESPONDER ECONÓMICAMENTE COMO COORDINADOR? puedo ir a la cárcel como cÓmplice o que debo hacer...?

RESPUESTA


1- Claramente hay muchos vicios en el proceso, el primero, una orden VERBAL, sin testigos, de cuando el rector le ordena conciliar el asunto es compleja de ratificar o de comprobar, si el rector se retracta y es su palabra contra la de él... se les dice siempre en las capacitaciones que brindamos: TODO POR ESCRITO. De tal manera, que no haya lugar a retractarse. En este caso, el rector lleva las de ganar, o al menos es su palabra contra la de él... (complicado).

2- La
cuadraplejía de la niña es un agravante doloso supremamente fuerte y delicado, sobretodo si es producto de una riña con el uniforme a la entrada o salida del colegio, el sólo portar el uniforme durante la riña, implica al colegio, pues así haya sido afuera, EL UNIFORME SE CONSAGRA COMO LA EXTENSIÓN DEL COLEGIO...

3- Que usted el viernes haya "conciliado" el asunto entre las dos niñas y los padres de familia es LO MAS GRAVE. Claramente ustedes saben, y dentro de la
capacitación se les advierte que: COMO DOCENTES USTEDES NO DEBEN, PUEDEN O ESTÁN FACULTADOS JURÍDICA, PENAL, CIVIL, ADMINISTRATIVAMENTE NI OTROS, no los faculta la constitución, no los faculta el código penal, no los faculta la ley de infancia y mucho menos una secretaría de educacion o rector tiene la potestad o fuero para DELEGARLOS A CONCILIAR HECHOS QUE SE PRESUMEN SON DELITOS O INFRACCIONES DE LEY, (PARA ESTE CASO, LESIONES PERSONALES, AGRAVADAS, DOLOSAS CON DAÑO PERMANENTE EN MENOR DE EDAD) por eso el artículo 44 numeral 9 de la ley de infancia los OBLIGA -NO pide el favor, sino que les OBLIGA a denunciar, además, el artículo 25 de ley 599 del 2000 es el que presumimos le aplicaron por omisión y complicidad. -DELICADO-

Ustedes como docentes NO DEBEN NI PUEDEN CONCILIAR HECHOS, ACCIONES O ACTUACIONES CONSIDERADAS DELITO O PRESUNCIÓN DE INFRACCIÓN DE LEY O DELITO, JAMÁS ES JAMÁS...

4- Si le instauraron denuncio penal por omisión y complicidad es GRAVE, y si lo hicieron por la parte civil o ambas (denuncia mixta) es aún más grave, porque lo sindican a usted como cómplice-omisión, presuntamente resultado de lo cual la menor queda en su estado de cuadraplejía... (lo cual es graviíimo civilmente, pues está por el orden de los 1.200 a 1.700 millones de pesos la indemnización por daños y perjuicios y muchos etc etc...

*Recuerde el caso del menor en Bogotá, centro comercial reconocido, donde el niño, en las escaleras eléctricas, perdió sus tres (3) dedos del pie y se falló a favor de los padres por quinientos trece millones de pesos, -solamente tres deditos- (imagine cuadraplejía).

5-
Lamentablemente, sin conocer detalle a detalle el caso, es muy difícil hacer un comentario más asertivo y claro, pero sí queda ratificado, que el caso es bastante DELICADO, COMPLEJO Y COMPLICADO, POR QUE USTED NO SIGUIÓ EL DEBIDO PROCESO, POR EL CARÁCTER OMISIÓN AL DENUNCIAR Y OTROS TANTOS HECHOS GRAVES.

Lo único que le sugerimos respetado coordinador, es que por favor contrate un ABOGADO DE CONFIANZA, ESPECIALISTA EN LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA, que realmente maneje bien los procesos y el tema y que encare la parte civil con destreza. POR FAVOR NO CONTRATE a cualquiera, la falta de idoneidad del defensor en estos casos es bien bien bien complicada y puede perjudicarlo seriamente a usted como persona natural, profe.

Lamentamos el hecho, esperamos lo mejor para usted y sobretodo su familia, y lo hacemos de conocimiento PÚBLICO a nuestros profesores afiliados para que se cuiden sobremanera en estos casos tan delicados.


*Caso públicado en facebook, con la autorización formal y escrita del profesor -coordinador- indiciado y denunciado.

Lunes 07 de febrero de 2011.

07:36 pm.