sábado, 18 de septiembre de 2010

REGLAMENTACIÓN EVALUACIÓN DOCENTES 1278

CIRCULAR No. 060 DEL 13 DE SEPTIEMBRE 2010
DE: SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE PEREIRA
PARA: DIRECTORES DE NÚCLEO DE DESARROLLO EDUCATIVO,
RECTORES, DIRECTORES RURALES Y DOCENTES
ASUNTO: EVALUACIÓN ANUAL DE DESEMPEÑO DE DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES (DECRETO LEY 1278 DE 2002)

El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, mediante providencia del 25 de febrero de 2010, se pronunció de fondo sobre la nulidad de algunos apartes del Decreto 3782 de 2007, mediante el cual se reglamenta la evaluación anual de desempeño laboral de los servidores públicos docentes y directivos docentes que se rigen por el Decreto Ley No. 1278 de 2002.

Dentro de la demanda de simple nulidad, el honorable Consejo de Estado, se pronunció de fondo decretando la nulidad de las expresiones “dos valoraciones”, la “primera valoración”, la “segunda valoración” y en general las que se refieran a más de una evaluación anual y que aparecen en los artículos 20 y 21 del Decreto 3782 del 2 de octubre de 2007, y que van en contravía con lo dispuesto por el artículo 32, inciso 2º del Decreto 1278 de 2002


Lo anterior significa que los docentes y directivos docentes regidos por el Decreto No. 1278 de 2002, solo le es aplicable una sola evaluación de desempeño la cual será realizada al terminar cada año escolar.


En el mismo fallo, el Consejo de Estado decretó también la nulidad de la expresión “una vez exista vacante”, que aparece inserta en el inciso final del artículo 25 del Decreto 3782 de 2007, porque tal previsión no esta consagrada en el artículo 25 del Decreto No. 1278 de 2002.

Esperamos que los diferentes actores del proceso (evaluadores y evaluados) se orienten hacia el mejoramiento continuo y la excelencia educativa, que sólo será posible en la medida en que la comunidad educativa se proponga el desarrollo responsable del proceso, lo que implica el uso constructivo de los resultados para impactar positivamente sobre el desempeño de los docentes y directivos docentes, y de las instituciones educativas.